TEEY ordena al Iepac que investigue violencia política contra Neyda Pat

La diputada de Morena denunció una campaña de odio en su contra en Tekit y en redes sociales por impulsar la iniciativa para despenalizar el aborto.
La y los magistrados revocaron un acuerdo de desechamiento de la Unidad Técnica del Iepac y ordenaron que agote todas las líneas de investigación.
Por Herbeth Escalante
Mérida, Yucatán, 5 de junio de 2025.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) revocó un acuerdo de la Unidad Técnica de los Contencioso Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), por medio del cual había desechado una queja de la diputada de Morena, Neyda Pat Dzul, relativa a un caso de violencia política en razón de género. Por tal razón, le ordenó que realice una investigación exhaustiva con enfoque de género.
El caso estaría relacionada con lo ocurrido en marzo pasado, cuando se realizó una campaña de odio en contra de la morenista en pleno proceso de discusión de su iniciativa para despenalizar el aborto.
Dicha campaña no sólo se registró en redes sociales, pues se documentó que personas ligadas a la iglesia católica utilizaron instalaciones religiosas en el municipio de Tekit para difundir datos falsos sobre la mencionada reforma e incluso tratar de poner a la población en contra de la legisladora.
Por tal razón, este día la magistrada y los magistrados del TEEY analizaron el Recurso de Revisión de un Procedimiento Especial Sancionador, marcado en el expediente RRV-PES- 01/25, promovida por la diputada en contra del acuerdo de desechamiento dictado por la mencionada Unidad.
De acuerdo con Fernando Bolio Vales, magistrado encargado del proyecto de la sentencia, sí hubo una dilación injustificada por parte del Iepac que afectó el derecho a una justicia pronta de la promovente.
Explicó que la queja fue desechada indebidamente, ya que la Unidad Técnica consideró que los hechos denunciados no constituían violencia política de género, es decir, anticipó un juicio de fondo, lo cual le corresponde al Tribunal, no a una autoridad administrativa.
Abundó que hubo omisión de una investigación adecuada, pues se ignoró que la quejosa es una mujer en funciones públicas y pertenece a una comunidad indígena maya. En ese sentido, no se aplicó el enfoque de género ni la interseccionalidad, elementos esenciales en este caso.
De igual manera, la Unidad Técnica negó la solicitud de medidas cautelares a Neyda Pat, lo cual excede a sus atribuciones, pues esa facultad le corresponde exclusivamente a la Comisión de Quejas y Denuncias del Iepac. Además, la negativa no fue fundada ni motivada.
Por todo lo anterior, Fernando Bolio planteó revocar el acuerdo de desechamiento de la queja y ordenó en su resolución que la mencionada Unidad profundice en su investigación, solicitando a la quejosa más información o elementos de prueba que acrediten su dicho.
Asimismo, que agote las líneas de investigación de las pruebas aportadas y realice las diligencias, en caso de contar con mayores indicios y de no actualizarse alguna causal de improcedencia, para que prosiga con el trámite legal del Procedimiento Especial Sancionador.
Como hemos informado, en marzo pasado llegaron a la iglesia de Tekit personas para repartir material impreso con una fotografía de la diputada Neyda Pat, representante del distrito 21, a quien acusaron de “legalizar el aborto” en vez de velar por el bienestar de la comunidad y de poner en riesgo la vida de las mujeres.
Entre dichas personas estaba la empresaria de ultraderecha Alicia García, de la Red Pro Yucatán, una de las principales opositoras de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.