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Home›Reportes›Solicitan destitución de consejeros del Iepac por “chicanada” de la ley del Isstey

Solicitan destitución de consejeros del Iepac por “chicanada” de la ley del Isstey

By RUIDO
agosto 19, 2022
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Califican de grave la actuación de los Consejeros y funcionarios del IEPAC al violar la Constitución Política del Estado de Yucatán y la Ley de la materia.

Por Redacción

Mérida, Yucatán, 19 de agosto de 2022.- El representante del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), Juan Pablo Silva Medina, solicitó la remoción de sus cargos de los miembros dicho organismo electoral por permitir la publicación de la ley del Isstey sin cumplir con el proceso legislativo de garantizar la etapa preliminar del proceso de referéndum.

Juan Pablo Silva explicó que se interpuso la denuncia, ante el Instituto Nacional Electoral, porque el IEPAC presuntamente faltó a su deber de vigilancia; negligentemente y por omisión.

La denuncia, expuso, es en contra de Delta Alejandra Pacheco Puente, Alicia del Pilar Lugo Medina, María del Mar Trejo Pérez, Jorge Antonio Vallejo Buenfil, Alberto Rivas Mendoza y Roberto Ruz Sahrur, quienes desempeñan el cargo de consejeras y consejeros electorales.

También, apuntó, en contra Javier Armando Valdez Morales, Secretario Ejecutivo y Danny Israel Och Góngora, Director Ejecutivo de Organización Electoral y Participación Ciudadana del IEPAC.

Silva Medina indicó que con esta acción se pretende que el consejero presidente y las y los consejeros electorales sean removidos de sus cargos, con base en conductas que configuran las causas graves previstas por el artículo 102, numeral 2, incisos a), b) y f) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Calificó de grave la actuación de los Consejeros y funcionarios del IEPAC al violar la Constitución Política del Estado de Yucatán y la Ley de la materia, ya que genera muchas dudas rumbo al 2024, debido a que la ciudadanía ha perdido la confianza en un organismo que su función es promover la participación ciudadana y dar certeza democrática.

Precisó que los Consejeros Electorales del IEPAC faltaron a la obligación de resolver sobre las peticiones que le fueron sometidas a su consideración por yucatecos y yucatecas con relación a su intención de sujetar a consulta popular en vía de REFERÉNDUM, la minuta de Ley de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado, aprobada por el pleno del Congreso del Estado el 21 de julio.

“En la sesión del Consejo General del IEPAC del 31 de julio pasado, las y los integrantes de este órgano de dirección, injustificadamente acordaron reservar la admisión o desechamiento de la solicitud de los promoventes del referéndum, presentado el 21 de julio de este año”, refirió.

Respecto a la responsabilidad del Secretario Ejecutivo y el Director Ejecutivo de organización electoral y participación ciudadana, anotó que su remoción se funda en que el IEPAC, por medio de su Consejo General aprueba su designación con base en el reglamento de elecciones del Instituto Nacional Electoral, por tanto, el INE puede ejercer su facultad de atracción y verificar si dichos funcionarios electorales incurrieron, al igual que las y los consejeros electorales, en conductas que causaron daño a derechos político-electorales de ciudadanas y ciudadanos yucatecos.

Con su actuación, subrayó, incumplieron varias normas electorales, circunstancia que vulneraría los principios de certeza y profesionalismo, por ello su remoción puede ser determinada por el instituto nacional, esto en términos de la resolución INE/CG574/2017 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

“Los denunciados faltaron a su deber de vigilancia; porque negligentemente y por omisión, permitieron que se publicara una ley sin cumplir con el proceso legislativo que se le imponía al IEPAC, el deber de garantizar la etapa preliminar del proceso de referéndum”, acentuó.

Esta acción, señaló, no resta responsabilidad al Secretario Ejecutivo del Instituto, quien no otorgó al Consejo General los datos e información, relativos a una Ley que se encontraba siendo objeto de un mecanismo de participación ciudadana.

“Además, la Presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, en un intento fallido por limpiar la imagen Institucional le echó la culpa al Legislativo Local de no cumplir con la Ley de Participación Ciudadana, cuando por Ley es ese organismo y a quienes lo dirigen a quienes se les dota de la responsabilidad en materia de participación ciudadana”, asentó.

Por ello, reiteró que pidieron al INE que realice la investigación conducente y proceda a remover a las y los Consejeros Electorales del IEPAC, así como a su Secretario Ejecutivo y a su Director Ejecutivo de Organización Electoral, toda vez que su actuar configuran faltas graves, las cuales ameritan la remoción de sus cargos.

TagsIEPACley del issteyMorenaYucatán
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